Autor Tema: Denuncia Faros  (Leído 13400 veces)

Altus

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Re: Denuncia Faros
« Respuesta #25 en: 05 de Marzo de 2010, 11:35:33 am »
Altus, cuando tintastes los cristales, te tuvieron que dar un papel diciendo que los colocastes en un sitio donde se puedan poner (no me sale la palabra ahora) y diciendo que estan homologados, si te dicen algo, enseñas eso y listo...


Así es, pero de la bola no tengo nada. Supongo que es la suya de Opel, pero no lo pone en ningún sitio, en la ITV no me han dicho nunca nada.

troku

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Re: Denuncia Faros
« Respuesta #26 en: 05 de Marzo de 2010, 11:40:09 am »
Pues si no te an dicho nada es que si pasa ITV pero claro... estas = que yo.. como no se pone en la ficha tecnica.. pal Señor Civil es como si tienes un mono y te rascas el culo...

troku

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Re: Denuncia Faros
« Respuesta #27 en: 05 de Marzo de 2010, 11:52:59 am »
chssss pensando yo ahora.. me denuncian otro dia por el escape.. pero como el merluco no tiene fotos ni pruebas... esa misma noche le pongo el escape de serie y me presento y digo.. miren pero es que tengo escape de serie  >:D y ea!! le jodo!! xDD

Altus

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Re: Denuncia Faros
« Respuesta #28 en: 05 de Marzo de 2010, 12:36:23 pm »
No te escapas troku, no es tu palabra contra la suya, es tu palabra contra la de un agente de la autoridad y el tiene razón antes que tú a no ser que demuestres lo contrario es decir testigos.

capitanety

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Re: Denuncia Faros
« Respuesta #29 en: 05 de Marzo de 2010, 15:48:58 pm »
Si se pusiese la bola despues de la compra del coche hay que pasar la ITV aunque no te toque, si viene de fabrica deberia venir reflejado en la ficha tecnica. O0

sercofa

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Re: Denuncia Faros
« Respuesta #30 en: 05 de Marzo de 2010, 15:55:37 pm »
Si se pusiese la bola despues de la compra del coche hay que pasar la ITV aunque no te toque, si viene de fabrica deberia venir reflejado en la ficha tecnica. O0

Plenamente correcto. Siempre tiene que estar puesto en la ficha técnica O0

tatita

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Re: Denuncia Faros
« Respuesta #31 en: 05 de Marzo de 2010, 16:28:24 pm »
 vaya faena más grande troku hazle caso a sercofa yo te hubiera dicho lo mismo no te presentes en la GC no sirve de nada!! suerte!

mike0110

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Re: Denuncia Faros
« Respuesta #32 en: 05 de Marzo de 2010, 17:44:07 pm »
Buffffff!!!! 
Los faros están homologados porque si no, no podrían venderse (legalmente claro). Ahora bien, la instalación de los mismos quizás deba ser anotado en la tarjeta de inspección técnica por tratarse de una modificación de un elemento de seguridad. Quizás dependa de cada ITV, pero insistir en que lo hagan nos evitará más que un disgusto.

Te dirán que vayas a la GC porque saben que un gran porcentaje de denuncias que se recurren por asesoría jurídica la tiran para atrás. Si no es por la legalidad real de tus faros, puede ser por defecto de forma. Siempre trato con asesoría, te lo digo por mi temario de Poli, está estudiado... O0
El porqué de que tiren para atrás esos recursos es sencillamente porque todo recurso lo contesta el agente denunciante, es decir, el GC que creyó que te reías de él!! ;D, y como los recursos de los asesores y compañías de seguros son unos tochos de legislación que muchas veces no dicen nada.... pues la respuesta suele ser... :-\ :-\ que no.

Ah! y recuerda una cosa si no tienes esperanzas de ganar el recurso: al recurrir pierdes la posibilidad del descuento por pronto pago.

Lo que no entiendo por qué se meten con esas chorradas, si fuese un brico de esos guarros, cutres o algo peligroso tipo destellos.... si es algo positivo para la seguridad del tráfico!!!  <locoloco <locoloco

Bye

sercofa

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Re: Denuncia Faros
« Respuesta #33 en: 05 de Marzo de 2010, 19:34:58 pm »
El porqué de que tiren para atrás esos recursos es sencillamente porque todo recurso lo contesta el agente denunciante, es decir, el GC que creyó que te reías de él!!

A ver, la revisión de un expediente sancionador no recae nunca en el agente que te ha puesto dicha sanción por el principio de objetividad. El órgano competente será la DGT en españa, o por ejemplo, el Servei Català del Trànsit en Catalunya. De todas maneras, el porcentaje de denuncias recurridas por asesoría jurídica y resueltas a favor del infractor son elevadas. Aproximadamente en un 60% de las denuncias recurridas se falla a favor del infractor. De éste 60%, un 80% es por Defecto de forma. El agente puede decir Misa, pero si hay un defecto de forma, la denuncia va para atrás. Por ejemplo, yo recurrí una snción porque con una furgoneta estuve más de 15 minutos en carga y descarga, y por una falta ortográfica en dicha multa, pues multa recurrida y a mi favor!!.Incluso, hay gente que ha reclamado la proporcionalidad de la actuación del agente de la autoridad competente y mediando testigos se ha tirado para atrás.

En definitiva, paga ahora para beneficiarte de la reducción, y después recurre. Si te dan la razón, pues te tendrán que devolver el importe de la multa (105€) más un porcentaje de intereses.

sercofa

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Re: Denuncia Faros
« Respuesta #34 en: 05 de Marzo de 2010, 20:08:00 pm »

Ah! y recuerda una cosa si no tienes esperanzas de ganar el recurso: al recurrir pierdes la posibilidad del descuento por pronto pago.


La ley dice que cuando se abre un expediente se tiene que paralizar la temporalización en cuanto se sella el comienzo del recurso, paralizando la cuenta de dias y volviendo a comenzar en el caso que sea a favor de la administración a contar a partir del día siguiente del fallo, ya que si es a favor del infractor, lógicamente no pagará. De todas maneras, es recomendable pagar antes, ya que si te devuelven el importe de la sanción, te la devuelven con intereses.

charrito

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Re: Denuncia Faros
« Respuesta #35 en: 06 de Marzo de 2010, 00:39:44 am »
ver el siguiente hilo, que esta interesante.
http://clubzafira.com/index.php?topic=22029.0;topicseen

marcelinotas

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Re: Denuncia Faros
« Respuesta #36 en: 06 de Marzo de 2010, 01:10:21 am »
Que *** te ha tocado el quemao, si tienes asistencia juridica recurre pero no vayas a la GC porque lo del quemao es contagioso, y encima te buscan las vueltas, suerte con el recurso si lo haces :-\

troku

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Re: Denuncia Faros
« Respuesta #37 en: 06 de Marzo de 2010, 01:44:47 am »
Bueno.... despues de 3 horas y media en la ITV aqui os cuento todo.. espero no olvidarme de nada....

Primeramente me atendio la verdad un pive que me gusto bastante como me trato, expliko y se comporto, miro el tema de la inscripcion de los faros y me dijo... si estan homologados, vamos a comprobar todo y se fue... a la media hora salio con cara de.. lo siento chaval. y me expliko lo siguiente: el faro viene la homologacion de las luces, pero claro, seguramente esos faros fueron pedidos fuera de españa, al igual que nos ocurrira a todos, y en donde se an pedido, si esta homologado llevar una tira de led, en españa aun no, que no me puede hacer nada porque no me servira de nada.. y le comente.. y si haciendo un proyecto se pueden homologar? y me dijo que no cree.. pero en ese momento penso y me dijo que esperara porque iva a ver los "avances" las futuras leyes y reglamentaciones (creo que se escribe asi) y bueno.. despues de 2 horas, salio el pive con un papel y seguidamente de decirme que le iva a escachar la cabeza por hacerme esperar, me comento que:

"No te podemos decir ni que estan bien, ni que estan mal" De los superiores que tenemos aqui, cada uno tenemos una opinion diferente, hemos llamado a varias ITV de fuera y tienen opiniones diferentes, incluso hemos llamado a Madrid y no an dicho cosas distintas, la tira de led como luz diurna te esta bien por el tema de que es una luz diurna para facilitar la visibilidad del coche, pero bien, el reglamento en españa dice que el coche a de tener 2 luces de posicion, una en cada faro... pero no te podemos decir que el faro esta bien o mal... incluso le pregunte en la ITV del verano y me dijo que pase con ellos.. pero que me diran lo mismo... me comento que algo parecido pasa con los faros de angel... pues bien, le comente que yo estaba en un foro de Zafiras y que creo que uno en la peninsula habia pasado ITV y no le dijeron nada y me dijo eso es segun la norma de cada ITV, si algun compañero tuyo es de Cantabria, se lo van a rechazar (ojo si alguno es de cantabria.. no les pasara esos faros)... le comente el porque los Audi si y nosotros no.... los Audi an hecho un estudio completo del coche incluido esos faros, en nuestro caso no se a hecho con esos faros... a mi con eso me lo dejo bien explicado.. el ponerlo en la ficha tecnica, no lo ponen porque un cambio de faros no se considera una reforma del coche... bien... ahora lo que ya nos afecta mas a todos, a finales de año entra una nueva normativa, y este tipo de faro habra que homologarlos, habra que llevar el faro a un laboratorio para que ellos le hagan las pruebas necesarias y confirmar que estan aptos para la circulacion, a partir de esa nueva norma, no se puede circular con esos faros (si se puede, pero ilegal)... Bueno.. creo que no me olvido de nada mas.. solo lo que me han puesto en el papel que me an dado que es lo siguiente:

"Pasar inspeccion de un solo elemento de faros delanteros con homologacion y distintivos E4 10 PL..etc... con luces tipo led conectadas como luz de posicion, pudiendo ser un solo haz de luz"

Eso me an puesto y con eso intentare recurrir la multa...


Bueno, pues aprobechando el buen royo que encontre con el superior de la ITV empeze con otras preguntas... la amortiguacion del capo me pasa ITV? me dijo que si, ningun problema y el filtro?? estuvo mirandolo y dice, no as desconectado el tema de no se de gases y si que te pasa ITV.. y llego lo mejor.. y las llantas?? las miro y dice, detras no creo que tengas ningun problema, delante, te sobresalen lo minimo y no se puede.. pero az una cosa, o pones unos embellezedores mas anchos que no sobrepase 1.5 cm por cada lado (el zafira46, tngo que hablar seriamente contigo) o cojes el paso de rueda y lo intentas doblar de una forma que ensanche algo el coche no pasando del limite y que la rueda quede dentro.. y le comente.. como engañando al ojo?? y me dijo no.. al ojo no... a la ITV... muy pero muy majo el chaval... asi que nada, se me acabaron las preguntas no sin antes preguntarle si necesitan trabajadores y me dijo que si.. pero que contraten es otra cosa.. que cuando tnga un ratito me pase a dejar el curriculum a el o al otro superior... y eso hare.. a ver que tal...


PD: Recalco... cuidado los de Cantabria.. que no se si hay alguno, e perdido quien tenia esos faros.. en esa provincia no pasan ITV... y a final de año.. hay que hacer un estudio a los faros! :)

capitanety

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Re: Denuncia Faros
« Respuesta #38 en: 06 de Marzo de 2010, 01:54:09 am »
Me ha quedado claro, no, clarisimo a ver que se cuentan ahora estos GC  <mazo <mazo <mazo <mazo

troku

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Re: Denuncia Faros
« Respuesta #39 en: 06 de Marzo de 2010, 01:57:00 am »
ahora los de la GC se les kedara el culo como un bebedero d patos xD

Me alegro de que haya quedado claro, eso quiere decir que lo explike bien jeje  <love

theboarder

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Re: Denuncia Faros
« Respuesta #40 en: 06 de Marzo de 2010, 09:45:20 am »
lo cual viene a ser lo que decia el forero de la ITV ... cada una va por libre de momento

Bourbon

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Re: Denuncia Faros
« Respuesta #41 en: 06 de Marzo de 2010, 12:57:41 pm »
Pues estamos apañados, he saguido el hilo desde su comienzo y leido hasta el final. Esta mañana le comente el tema a un amigo de los verdes que ademas de amigo es vecino y ahora que me he vuelto a enganchar echamos el cigarrito juntos cuando sacamos a los perros, joer parece una historia de amor... Palabras suyas: Pues que suerte lo de tu amigo que le fue a tocar el tonto de la promocion. Que otra cosa distinta seria que llevase xenon montado pero destrangi, que hay quien compra este tipo de faros justamente para eso. Y que puestos a complicarse la vida con homologaciones y rollos, las lunas tintadas deben ir reflejadas en la cartilla del tecnica del coche pues para eso entregan el certificado de homologacion, sin embargo no conoce caso alguno de nadie que le figurase este detalle en la cartilla del vehiculo y tampoco conoce a ningun agente que haya sancionado a algun conductor por no llevarlo anotado alli. No se si me he explicado bien, que creo que no. A ver compañero como te acaba la historia, esperemos un final feliz. Bajandose los pantalones los guardias aquellos, tu trabajando en la itv, etc... Suerte.

penuja

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Re: Denuncia Faros
« Respuesta #42 en: 06 de Marzo de 2010, 13:08:55 pm »
Pues espero que tengas suerte y no tengas que pagar la multa Troku O0
Y Bourbon, si quieren te multan hasta por llevar las ruedas mas bajas de presion aunque sea un miligramo, todo depende del GC que pilles de turno que sea un GC o un GP el caso es que te pone la multa y tu a recurrir y a perder tu tiempo y la mala Os...a que te entra en ese momento, en vez de ver si es legal o no primero la multa y despues ellos se lavan las manos <cabreado

sercofa

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Re: Denuncia Faros
« Respuesta #43 en: 06 de Marzo de 2010, 13:10:11 pm »
Bueno... me alegro que todo haya ido mejor de lo que creíamos. Ahora a recurrir, y que la asesoría lo haga cómo crea más oportuno...

mike0110

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Re: Denuncia Faros
« Respuesta #44 en: 06 de Marzo de 2010, 17:19:40 pm »
A ver, la revisión de un expediente sancionador no recae nunca en el agente que te ha puesto dicha sanción por el principio de objetividad. El órgano competente será la DGT en españa, o por ejemplo, el Servei Català del Trànsit en Catalunya. De todas maneras, el porcentaje de denuncias recurridas por asesoría jurídica y resueltas a favor del infractor son elevadas. Aproximadamente en un 60% de las denuncias recurridas se falla a favor del infractor. De éste 60%, un 80% es por Defecto de forma. El agente puede decir Misa, pero si hay un defecto de forma, la denuncia va para atrás. Por ejemplo, yo recurrí una snción porque con una furgoneta estuve más de 15 minutos en carga y descarga, y por una falta ortográfica en dicha multa, pues multa recurrida y a mi favor!!.Incluso, hay gente que ha reclamado la proporcionalidad de la actuación del agente de la autoridad competente y mediando testigos se ha tirado para atrás.

En definitiva, paga ahora para beneficiarte de la reducción, y después recurre. Si te dan la razón, pues te tendrán que devolver el importe de la multa (105€) más un porcentaje de intereses.

Negativo. Te equivocas.    R.D 339/90
Artículo 77. Notificación de denuncias.
 2. El abono del importe de la multa indicado en la notificación de la denuncia, tanto si es el señalado por el agente en el acto de la denuncia como en la notificación enviada posteriormente por el instructor, en la forma que se determina en el párrafo tercero del artículo 67.1, implicará únicamente la renuncia a formular alegaciones y la terminación del procedimiento sin necesidad de que se dicte resolución expresa, salvo que proceda acordar la suspensión del permiso o la licencia de conducción y sin perjuicio de la posibilidad de interponer los correspondientes recursos.

A ver, la revisión de un expediente sancionador no recae nunca en el agente que te ha puesto dicha sanción por el principio de objetividad. El órgano competente será la DGT en españa, o por ejemplo, el Servei Català del Trànsit en Catalunya. De todas maneras, el porcentaje de denuncias recurridas por asesoría jurídica y resueltas a favor del infractor son elevadas. Aproximadamente en un 60% de las denuncias recurridas se falla a favor del infractor. De éste 60%, un 80% es por Defecto de forma. El agente puede decir Misa, pero si hay un defecto de forma, la denuncia va para atrás. Por ejemplo, yo recurrí una snción porque con una furgoneta estuve más de 15 minutos en carga y descarga, y por una falta ortográfica en dicha multa, pues multa recurrida y a mi favor!!.Incluso, hay gente que ha reclamado la proporcionalidad de la actuación del agente de la autoridad competente y mediando testigos se ha tirado para atrás.

En definitiva, paga ahora para beneficiarte de la reducción, y después recurre. Si te dan la razón, pues te tendrán que devolver el importe de la multa (105€) más un porcentaje de intereses.


Te equivocas en parte.
El recurso llega al órgano denunciante, es decir, el instructor del expediente, que según el caso, de GC es un instructor de la DGT, en un policía local, el instructor del negociado de seguridad ciudadana encargado de gestión de multas del ayuntamiento correspondiente, y si es una policía autonómica, lo mismo pero dentro de la consejería correspondiente. Pues bien, el recurso lo recibe el instructor, lo remite al agente denunciante quien lo contesta reafirmándose o sobreseyendo la denuncia formulada, y vuelve al instructor, que es quien responde al denunciado que presenta el recurso.
Es decir, el instructor no contesta el pliego de alegaciones, lo hace el denunciante, ahora bien, al denunciado la respuesta se la da el instructor.
Qué tocho más lioso!! :P :P..... espero haberme explicado.
Bye


theboarder

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Re: Denuncia Faros
« Respuesta #45 en: 06 de Marzo de 2010, 17:27:06 pm »
A ver, la revisión de un expediente sancionador no recae nunca en el agente que te ha puesto dicha sanción por el principio de objetividad. El órgano competente será la DGT en españa, o por ejemplo, el Servei Català del Trànsit en Catalunya. De todas maneras, el porcentaje de denuncias recurridas por asesoría jurídica y resueltas a favor del infractor son elevadas. Aproximadamente en un 60% de las denuncias recurridas se falla a favor del infractor. De éste 60%, un 80% es por Defecto de forma. El agente puede decir Misa, pero si hay un defecto de forma, la denuncia va para atrás. Por ejemplo, yo recurrí una snción porque con una furgoneta estuve más de 15 minutos en carga y descarga, y por una falta ortográfica en dicha multa, pues multa recurrida y a mi favor!!.Incluso, hay gente que ha reclamado la proporcionalidad de la actuación del agente de la autoridad competente y mediando testigos se ha tirado para atrás.

En definitiva, paga ahora para beneficiarte de la reducción, y después recurre. Si te dan la razón, pues te tendrán que devolver el importe de la multa (105€) más un porcentaje de intereses.

Negativo. Te equivocas.    R.D 339/90
Artículo 77. Notificación de denuncias.
 2. El abono del importe de la multa indicado en la notificación de la denuncia, tanto si es el señalado por el agente en el acto de la denuncia como en la notificación enviada posteriormente por el instructor, en la forma que se determina en el párrafo tercero del artículo 67.1, implicará únicamente la renuncia a formular alegaciones y la terminación del procedimiento sin necesidad de que se dicte resolución expresa, salvo que proceda acordar la suspensión del permiso o la licencia de conducción y sin perjuicio de la posibilidad de interponer los correspondientes recursos.

no quiere ese articulo decir justo lo que dice sercofa? lo que no puedes hacer son alegaciones, pero si recurrir ... cual es la diferencia? cuando hablamos de recurrir un multa lo que se hace son alegaciones en realidad?

Bourbon

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Re: Denuncia Faros
« Respuesta #46 en: 06 de Marzo de 2010, 21:50:42 pm »
Que dice el amigo mio este de la GC que si lleva los faros llevan el simbolo de la E eso es que estan homologados para su uso y venta dentro de Europa, da lo mismo el pais que sea. Que otra cosa es como se use, es decir la lampara que se le ponga. Ahi la diferencia de llevar algo legal o ilegal, a los de chenon destrangi si le estan metiendo especialmente mano.

elzafira46

  • Visitante
Re: Denuncia Faros
« Respuesta #47 en: 06 de Marzo de 2010, 22:34:36 pm »
.. y las llantas?? las miro y dice, detras no creo que tengas ningun problema, delante, te sobresalen lo minimo y no se puede.. pero az una cosa, o pones unos embellezedores mas anchos que no sobrepase 1.5 cm por cada lado (el zafira46, tngo que hablar seriamente contigo) o cojes el paso de rueda y lo intentas doblar de una forma que ensanche algo el coche no pasando del limite y que la rueda quede dentro.. y le comente.. como engañando al ojo?? y me dijo no.. al ojo no... a la ITV...
:o :o :o :o
Pues no se que decirte.  :-X
Como no has puesto ningún smiley no se si es de  ;D ;D, si me vas a  <mazo <mazo, .... estoy en fuera de juego. :8(
A tu disposición. ;)

ROSCAS

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Re: Denuncia Faros
« Respuesta #48 en: 06 de Marzo de 2010, 22:38:30 pm »
.. y las llantas?? las miro y dice, detras no creo que tengas ningun problema, delante, te sobresalen lo minimo y no se puede.. pero az una cosa, o pones unos embellezedores mas anchos que no sobrepase 1.5 cm por cada lado (el zafira46, tngo que hablar seriamente contigo) o cojes el paso de rueda y lo intentas doblar de una forma que ensanche algo el coche no pasando del limite y que la rueda quede dentro.. y le comente.. como engañando al ojo?? y me dijo no.. al ojo no... a la ITV...
:o :o :o :o
Pues no se que decirte.  :-X
Como no has puesto ningún smiley no se si es de  ;D ;D, si me vas a  <mazo <mazo, .... estoy en fuera de juego. :8(
A tu disposición. ;)

Menos mal Antonio, que te vas a llevar el palo de hokey, que si no...... >:D >:D >:D

sercofa

  • Visitante
Re: Denuncia Faros
« Respuesta #49 en: 07 de Marzo de 2010, 13:14:32 pm »
A ver... tengo que darte la razón en que si pagas la multa con reducción pierdes derecho a alegar. Me he empapado toda la ley (Y eso que no entra en mi temario... >:D >:D así tengo más estudiao...) y no veo nada que contradiga lo que has puesto. De todas maneras, lo que no corre es el tiempo de reducción. A ver, hay diez días, y si tu presentas el escrito de alegaciones a la Jefatura de tráfico más cercana el segundo día, si el expediente es a favor de la administración, pues a jo*erse y a pagar, pero todavía tienes ocho días desde la resolución del expediente para pagar beneficiandote de la reducción.

En el segundo comentario, creo sinceramente que te equivocas. Cómo ya he resaltado antes, los recursos se envían a al Jefatura de Tráfico provincial, y tienen que estar destinadas al Jefe de Tráfico de la provincia, e incluso, si quieres "imparcialidad" lo puedes presentar al jefe de tráfico de otra provincia y eso sin intermediar para nada el órgano regulador (GC). Para muestra, aqui te pongo los items reseñados en la página web oficial de la DGT:

Si no está de acuerdo con la denuncia, y no ha renunciado a formular alegaciones mediante el abono de la multa con la reducción del 30%, tiene un plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente a la notificación, para alegar cuanto considere conveniente a su defensa y proponer las pruebas que estime oportunas.
 
En los casos en que solicite pruebas cuya realización implique gastos que no deba soportar la Administración, ésta podrá exigir el anticipo de los mismos.
 
El escrito se dirigirá al Jefe de Tráfico de la provincia en la que se ha iniciado el procedimiento, pudiendo presentarse en cualquier otra Jefatura, por correo administrativo ( en una oficina de Correos, en sobre abierto, para que se hagan constar en la primera página del escrito los datos de su presentación-fecha, etc.-, así como en la copia del mismo si usted lo desea, que servirá de recibo para acreditar que se ha presentado aquél) o en los registros oficiales de la Administración Estatal, Autonómica o de las Entidades Locales que hayan suscrito un convenio al efecto.
 
Si presenta una copia se la devolverán una vez sellada, sirviéndole de prueba de la presentación.
 
Debe recoger necesariamente el número de expediente, su identificación y su firma.