vale perfecto, pero quien hizo la ley hizo la trampa porque:
aqui pone:
Se considera incompatible con la obligatoria atención permanente a la conducción el uso por el conductor con el vehículo en movimiento de dispositivos tales como pantallas con acceso a internet, monitores de televisión y reproductores de vídeo o DVD. Se exceptúan, a estos efectos, el uso de monitores que estén a la vista del conductor y cuya utilización sea necesaria para la visión de acceso o bajada de peatones o para la visión en vehículos con cámara de maniobras traseras, así como el dispositivo GPS.
pero dice que lo que no puedes hacer es verlo mientras conduces, logicamente. o sea que no es que esté prohibido llevarlo, sino visualizarlo en marcha.
corrigeme fermin si no estoy en lo cierto porque estos temas burocraticos son un poco escabrosos