Autor Tema: Golpe "raro" de un colega  (Leído 1928 veces)

moby

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Golpe "raro" de un colega
« en: 25 de Abril de 2007, 23:01:23 pm »
a ver, un colega mio se ha dao un golpe un poco raro... y no saben muy bien quien va a tener la culpa.

El caso, en una via de unico sentido, mi colega salia marcha atras, en bateria, mirando a su izquierda, ya que es el unico sentido en el que podria venir circulacion.

A su vez, un vehiculo que estaba en doble fila a su derecha da marcha atras, y le pega a mi colega.

¿Quien tiene la culpa?

Es que a mi me asalta la duda de que el otro sujeto se encontraba ya en la via, y dar marcha atras no está prohibido, y mi colega se incorporaba a la via.....

No se, ¿alguien que pueda aclarar algo? Ha llamado a atestados, pero no han podido aclarar nada... estos munipas de publos pequeños con pocas ganas de currar....


POLLOYVACA

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Re: Golpe "raro" de un colega
« Respuesta #1 en: 25 de Abril de 2007, 23:06:35 pm »
puff esta complicado,a ver si el señor letrado nos ilustra con sus sabios conocimientos

bandido

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Re: Golpe "raro" de un colega
« Respuesta #2 en: 25 de Abril de 2007, 23:12:28 pm »
La culap en principio es del otro.

ElTitoBouna

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Re: Golpe "raro" de un colega
« Respuesta #3 en: 26 de Abril de 2007, 00:29:17 am »
Entiendo que la culpa es del otro porque de los dos, el único que estaba realizando una maniobra correcta es tu amigo.

Melli

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Re: Golpe "raro" de un colega
« Respuesta #4 en: 26 de Abril de 2007, 02:05:00 am »
Pues yo creo que que la culpa es del que sale del aparcamiento, debe mirar si viene otro coche antes de salir.

FPRIETOV

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Re: Golpe "raro" de un colega
« Respuesta #5 en: 26 de Abril de 2007, 02:06:55 am »
Uff, pues está complicado. Me decanto porque las aseguradoras, de ser distintas, pactarán "concurrencia de culpas", lo que no sé es en qué porcentaje. Ambos han cometido infracciones. Supongo que el que estaba en doble fila oyó el arranque del motor del coche de tu colega y decidió dar marcha atrás para estacionar en el hueco que dejaba tu amigo, quien no se percató de tal maniobra.

Nos interesa recordar los artículos 72, 73, 80, 81 y 94 del Reglamento General de Circulación:

Artículo 72. Obligaciones de los conductores que se incorporen a la circulación

1. El conductor de un vehículo parado o estacionado en una vía o procedente de las vías de acceso a ésta, de sus zonas de servicio o de una propiedad colindante, que pretenda incorporarse a la circulación, deberá cerciorarse previamente, incluso siguiendo las indicaciones de otra persona en caso necesario, de que puede hacerlo sin peligro para los demás usuarios, cediendo el paso a otros vehículos y teniendo en cuenta la posición, trayectoria y velocidad de éstos, y lo advertirá con las señales obligatorias para estos casos. Si la vía a la que se accede está dotada de un carril de aceleración, el conductor que se incorpora a aquélla procurará hacerlo con velocidad adecuada a la vía (art. 26 del texto articulado).

2. Siempre que un conductor salga a una vía de uso público por un camino exclusivamente privado, debe asegurarse previamente de que puede hacerlo sin peligro para nadie y efectuarlo a una velocidad que le permita detenerse en el acto, cediendo el paso a los vehículos que circulen por aquélla, cualquiera que sea el sentido en que lo hagan.

3. El conductor que se incorpore a la circulación advertirá ópticamente la maniobra en la forma prevista en el art. 109.

4. En vías dotadas de un carril de aceleración, el conductor de un vehículo que pretenda utilizarlo para incorporarse a la calzada deberá cerciorarse, al principio de dicho carril, de que puede hacerlo sin peligro para los demás usuarios que transiten por dicha calzada, teniendo en cuenta la posición, trayectoria y velocidad de éstos, e incluso deteniéndose, en caso necesario. A continuación, acelerará hasta alcanzar la velocidad adecuada al final del carril de aceleración para incorporarse a la circulación de la calzada.

5. Los supuestos de incorporación a la circulación sin ceder el paso a otros vehículos tendrán la consideración de infracciones graves, conforme se prevé en el art. 65.4.c) del texto articulado.


Artículo 73. Obligación de los demás conductores de facilitar la maniobra

1. Con independencia de la obligación de los conductores de los vehículos que se incorporen a la circulación de cumplir las prescripciones del artículo anterior, los demás conductores facilitarán, en la medida de lo posible, dicha maniobra, especialmente si se trata de un vehículo de transporte colectivo de viajeros que pretende incorporarse a la circulación desde una parada señalizada (art. 27 del texto articulado).

2. En los poblados, con el fin de facilitar la circulación de los vehículos de transporte colectivo de viajeros, los conductores de los demás vehículos deberán desplazarse lateralmente, siempre que fuera posible, o reducir su velocidad, dando cumplimiento a lo dispuesto en el art. 53, llegando a detenerse, si fuera preciso, para que los vehículos de transporte colectivo puedan efectuar la maniobra necesaria para proseguir su marcha a la salida de las paradas señalizadas como tales.

3. Lo dispuesto en el apartado anterior no modifica la obligación que tienen los conductores de vehículos de transporte colectivo de viajeros de adoptar las precauciones necesarias para evitar todo riesgo de accidente, después de haber anunciado por medio de sus indicadores de dirección su propósito de reanudar la marcha.


SECCIÓN TERCERA. Marcha hacia atrás

Artículo 80. Normas generales

1. Se prohíbe circular hacia atrás, salvo en los casos en que no sea posible marchar hacia adelante ni cambiar de dirección o sentido de marcha, y en las maniobras complementarias de otra que la exija, y siempre con el recorrido mínimo indispensable para efectuarla (art. 31.1 del texto articulado).

2. El recorrido hacia atrás, como maniobra complementaria de la parada, el estacionamiento o la incorporación a la circulación, no podrá ser superior a 15 metros ni invadir un cruce de vías.

3. Se prohíbe la maniobra de marcha atrás en autovías y autopistas (art. 31.3 del texto articulado).

4. Las infracciones a las normas de este precepto, cuando constituyan un supuesto de circulación en sentido contrario al estipulado, tendrá la consideración de muy graves, conforme se prevé en el art. 65.5.f) del texto articulado.


Artículo 81. Ejecución de la maniobra

1. La maniobra de marcha hacia atrás deberá efectuarse lentamente, después de haberlo advertido con las señales preceptivas y de haberse cerciorado, incluso apeándose o siguiendo las indicaciones de otra persona, si fuera necesario, de que, por las circunstancias de visibilidad, espacio y tiempo necesarios para efectuarla, no va a constituir peligro para los demás usuarios de la vía (art. 31.2 del texto articulado).

2. El conductor de un vehículo que pretenda dar marcha hacia atrás deberá advertir su propósito en la forma prevista en el art. 109.

3. Igualmente, deberá efectuar la maniobra con la máxima precaución y detendrá el vehículo con toda rapidez si oyera avisos indicadores o se apercibiera de la proximidad de otro vehículo o de una persona o animal, o tan pronto lo exija la seguridad, desistiendo de la maniobra si fuera preciso.

Artículo 94. Lugares prohibidos

2. Queda prohibido estacionar en los siguientes casos:

a) En todos los descritos en el apartado anterior en los que está prohibida la parada.

b) En los lugares habilitados por la autoridad municipal como de estacionamiento con limitación horaria sin colocar el distintivo que lo autoriza o cuando, colocado el distintivo, se mantenga estacionado el vehículo en exceso sobre el tiempo máximo permitido por la ordenanza municipal.

c) En zonas señalizadas para carga y descarga.

d) En zonas señalizadas para uso exclusivo de minusválidos.

e) Sobre las aceras, paseos y demás zonas destinadas al paso de peatones.

f) Delante de los vados señalizados correctamente.

g) En doble fila (art. 39.2 del texto articulado).

3. Las paradas o estacionamientos en los lugares enumerados en los párrafos a), d), e), f), g) e i) del apartado 1, en los pasos a nivel y en los carriles destinados al uso del transporte público urbano tendrán la consideración de infracciones graves, conforme se prevé en el art. 65.4.d) del texto articulado.
"


ESTAMBAI

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Re: Golpe "raro" de un colega
« Respuesta #6 en: 26 de Abril de 2007, 08:23:09 am »
Efectivamente Fprietov, la maniobra que prevalece es la marcha atrás y en ese momento, los dos vehiculos la estaban haciendo, independientemente de la situacion inicial de cada uno. Las compañias determinaran compartimiento de culpa,arreglando segun cobertura de cada vehiculo y afectando a bonificacion a los dos

POLLOYVACA

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Re: Golpe "raro" de un colega
« Respuesta #7 en: 26 de Abril de 2007, 09:26:38 am »
Uff, pues está complicado..........
eres un crack!!  [plas]

theboarder

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Re: Golpe "raro" de un colega
« Respuesta #8 en: 26 de Abril de 2007, 09:30:06 am »
Efectivamente Fprietov, la maniobra que prevalece es la marcha atrás y en ese momento, los dos vehiculos la estaban haciendo, independientemente de la situacion inicial de cada uno. Las compañias determinaran compartimiento de culpa,arreglando segun cobertura de cada vehiculo y afectando a bonificacion a los dos
diria lo mismo esta tarde lo consulto en casa ....

DiegoMAN

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Re: Golpe "raro" de un colega
« Respuesta #9 en: 26 de Abril de 2007, 14:01:32 pm »
¿no habrá que tener en cuenta quién pega a quién?
Suponiendo que los dos no han obrado correctamente del todo, si el que salía de aparcar ya había salido y le da el otro, pues éste tendrá la culpa.
Y si es el que sale de aparcar el que le da al otro que ya estaba en su trayectoria, pues la culpa será del colega de moby.
Es mi opinión, lo cual no significa que sea la correcta.
(por cierto, vaya lío, espero que no haya sido mucho el golpe)

Saeta

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Re: Golpe "raro" de un colega
« Respuesta #10 en: 26 de Abril de 2007, 14:29:48 pm »
Seguro que tiene la culpa el que haya golpeado, y exento el que ha recibido el golpe.
Fermin, eres un monstruo.  O0

moby

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Re: Golpe "raro" de un colega
« Respuesta #11 en: 26 de Abril de 2007, 15:35:17 pm »
ostia cuanta cabeza pensante hay por aqui, muchas gracias a todos, ya os comentaré a ver que es lo que pasa al final

bandido

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Re: Golpe "raro" de un colega
« Respuesta #12 en: 26 de Abril de 2007, 15:59:49 pm »
Yo pienso que al ser una via de una unica direccion no tienes la obligacion de mirar para donde no vienen coches, el que sale mira si viene alguno en el sentido que discurre la calle, no sueles mirar por donde esta prohibido, en este punto seran las compañias, pero veo mas puntos para que el que sale de que tenga la razon.

Saeta

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Re: Golpe "raro" de un colega
« Respuesta #13 en: 26 de Abril de 2007, 16:03:17 pm »
Yo pienso que al ser una via de una unica direccion no tienes la obligacion de mirar para donde no vienen coches, el que sale mira si viene alguno en el sentido que discurre la calle, no sueles mirar por donde esta prohibido, en este punto seran las compañias, pero veo mas puntos para que el que sale de que tenga la razon.
¿Que pasaría, si viene un niño corriendo desde el mismo lado y lo atropellas? ¿Dirías que no tienes obligación de mirar hacia ese lado?
No es tema de puntos, el tema es que uno golpea a otro, y el que golpea es que rompe y paga. Al menos este es mi punto de vista.

bandido

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Re: Golpe "raro" de un colega
« Respuesta #14 en: 26 de Abril de 2007, 16:09:50 pm »
Pero no hablamos de un niño, hablamos de las normas de trafico!!

No tienes la obligacion de mirar, ni que nadie te aparezca.

Me acabas de decir una cosa como el que sale en un semaforo en verde, miras? respondete a ti mismo.

julymotores

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Re: Golpe "raro" de un colega
« Respuesta #15 en: 26 de Abril de 2007, 16:14:50 pm »
yo diria que la culpa es de tu colega por que es el que sale del aparcamiento y a de realizar la maniobra cuando esta seguro de que no biene nadie pero en fin un poco complejo el tema

Danitus

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Re: Golpe "raro" de un colega
« Respuesta #16 en: 26 de Abril de 2007, 18:42:36 pm »
Está complicada la cosa, pero yo creo que el culpable es "el otro", ya que el colega de moby hace una maniobra correcta y "obligatoria", es decir, no le queda más remedio que echar marcha atrás para salir del aparcamiento, y mira hacia el sentido en el que puede venir algún coche; sin embargo, "el otro", si lo que quiere es aparcar en el hueco que va a quedar libre, debería haberse esperado a que salga el coche del aparcamiento.

Saeta

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Re: Golpe "raro" de un colega
« Respuesta #17 en: 26 de Abril de 2007, 19:00:58 pm »
No tienes la obligacion de mirar, ni que nadie te aparezca.

Me acabas de decir una cosa como el que sale en un semaforo en verde, miras? respondete a ti mismo.

Por supuesto que tengo que mirar. El semaforo en verde me permite pasar, pero no a costa de llevarme por medio a nada ni a nadie. Si se me pone verde y el cruce está ocupado por un coche, ¿me lo llevo por delante? y si está pasando un viejecito que no le ha dado tiempo a cruzar ¿le quito la paga? El verde no me autoriza a causar un daño a nada ni a nadie, solo me permite cruzar.

Melli

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Re: Golpe "raro" de un colega
« Respuesta #18 en: 26 de Abril de 2007, 19:58:38 pm »
...y si está pasando un viejecito que no le ha dado tiempo a cruzar ¿le quito la paga?...


 :DD :DD :DD :DD :DD

llevas mucha razon!!

julymotores

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Re: Golpe "raro" de un colega
« Respuesta #19 en: 26 de Abril de 2007, 20:42:29 pm »
ateas eres un mostruoooooooooooooo 

bandido

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Re: Golpe "raro" de un colega
« Respuesta #20 en: 26 de Abril de 2007, 21:03:15 pm »
Tu vas por una calle a 30 por hora, semaforo en verde, frenas para mirar si en el cruce viene alguien? en un cruce con un stop haces lo mismo? en una calle de sentido unico desde cuando los coches vienen en sentido contrario? vamos sera en tu pueblo pero aqui las señales mandan.

Sobre los abuelos etc.. ciñete a lo que hablamos, trafico, accidente de aparcamiento, Y si Y si... lloviesen moñones del cielo llevariamos paraguas, claro y muchas cosas mas.

Saeta

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Re: Golpe "raro" de un colega
« Respuesta #21 en: 26 de Abril de 2007, 22:09:26 pm »
Tu vas por una calle a 30 por hora, semaforo en verde, frenas para mirar si en el cruce viene alguien?
Tu vienes detrás mia, y yo freno para asegurarme de que no viene nadie, me golpeas y alegas que el semáforo estaba verde, ¿quien tiene la culpa del golpe? ¿quien pierde? ¿tu que me has golpeado por detrás o yo que he frenado con el semaforo en verde?

ESTAMBAI

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Re: Golpe "raro" de un colega
« Respuesta #22 en: 27 de Abril de 2007, 08:10:47 am »
Ateas, tendria la culpa quien golpea por detras, por no guardar la distancia minima, siempre , en la mayoria de los casos aunque en algunos os parezca extraño, el que golpea por detras es culpable, con excepciones como las que os decia de los dos marcha atras, en campos, etc...

theboarder

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Re: Golpe "raro" de un colega
« Respuesta #23 en: 27 de Abril de 2007, 10:36:42 am »
a ver que la cosa esta chunga ....... el caso es que si el atestado no se moja .... los seguros probablemente hagan culpa compartida y cada uno paga lo suyo y ya esta .... a no ser que alguien tenga todo riesgo.... quizas entonces ese seguro intente cobrarlo del otro .... si no la culpa probablemente sea mas bien del que hace marcha atras en sentido contrario a la calle.... pero esta dificil

Saeta

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Re: Golpe "raro" de un colega
« Respuesta #24 en: 27 de Abril de 2007, 14:25:15 pm »
Ateas, tendria la culpa quien golpea por detras, por no guardar la distancia minima, siempre , en la mayoria de los casos aunque en algunos os parezca extraño, el que golpea por detras es culpable, con excepciones como las que os decia de los dos marcha atras, en campos, etc...

Esto mismo es lo que yo estoy defendiendo desde el principìo. El que golpea es es último que ha comenzado la maniobra, y por lo tanto se tenia que haber cercionado antes de iniciar la maniobra de que nadie salía del estacionamiento, por lo tanto el culpable es el que ha golpeado y no el que ha recibido el golpe.