problema en principio no tiene, porque la carta de comunicacion de despido como tal es un documento entre el currete y la empresa. Salvo en el caso que te la requiera es servicio estatal de empleo, el paro vamos, porque ya ande detras de la empresa por despidos raros. La unica pega que te pueden poner en el pago es que hagan caso literalmente de lo que pone en la carta y digan que has reducido la productividad a posta para poder cobrar el paro, con lo que te dejarian sin la opcion de cobrar el paro.
de todas formas yo he preguntado a la asesoria juridica de la ocu,( cuando las barbas de tu vecino veas rapar ....)y el abogado me ha dicho que es una practica normal hoy en dia, que existe una rendija en la ley que permite al empresario librarse de ti de la noche a la mañana, sin aviso, sin posibilidad de reclamar, pero eso si pagandote(si al final te paga) la indennizacion por despido improcedente.
si te dan varias opciones, alcoholismo, pegar a un superior, o ir petao, o baja productividad, cada cual mas bonita.
pero lo mas *** es que seguramente en un mes o dos los vulevan a llamar. cuando se pase la navidad y suban los pedidos. pero de momento de la noche a la mañana, sin currro y sin esperartelo