No comparto el asunto, la clase del permiso "te autoriza a llevar un tipo de vehículos u otros". Cuando vas con tu privado, los límites están como un "no profesional" es decir 0,5 o 0,25. El artículo IV lo dice de forma clara [i]"Cuando se trate de vehículos destinados al transporte de mercancías con una masa máxima autorizada superior a 3.500 kilogramos, vehículos destinados al transporte de viajeros de más de nueve plazas, o de servicio público, al transporte escolar y de menores, al de mercancías peligrosas o de servicio de urgencia o transportes especiales, los conductores no podrán hacerlo con una tasa de alcohol en sangre superior a 0,3 gramos por litro, o de alcohol en aire espirado superior a 0,15 miligramos por litro"[/i]
Cuando se trata de vehículos de menos de 3500kg el secreto está en la actividad declarada del uso del vehículo, es decir, particular o industrial. Si el uso declarado del vehículo es industrial o mixto, entoces las exigencias o los límites del conductor son las de 0,3 o 0,15 independientemente de que estes trabajado o de paseo y también de la clase de permiso que tengas A,B, C o K siendo obligatorio en este caso tener al menos la de la clase B.
Otro ejemplo claro son lo pilotos de avión, las normas y obligaciones con respecto al consumo de bebidas alcoholicas solamente son cuando tiene que ejercer su profesión de pilotos regulado por las normas de aviación civil, cuando conducen sus coches las normas son otras las que marca la DGT.