Hola compañeros, resulta que tengo que llevar a tres niños en mi zafira al cole
(por no perder maletero y engorros de pon y quita...)y como ya sabréis el asiento de mi zafira central es de dos puntos de anclaje :8(y creo que seria mas seguro que se sentara delante con su alzador y con el cinturon pasandole bien por el hombro, entonces me acorde de los mossos o la urbana y se me plantea la siguiente pregunta ; pueden ir delante sentados con su correspondiente alzador ?
Yo mismo he indagado en foros de biplazas, furgonetas, autocarabanas ,... y he encontrado esto del articulo 117, lo cual se lo enseñe a un urbano y me dijo que si mide menos de 135 no puede ir delante
, pero yo seré tonto pero interpreto que SI.
que opináis ?
Según el artículo 117, del nuevo Reglamento General de Circulación, y respecto de los asientos delanteros del vehículo, queda prohibido circular con menores de doce años situados en los asientos delanteros del vehículo, salvo que utilicen dispositivos homologados al efecto. Excepcionalmente, cuando su estatura sea igual o superior a 135 centímetros, los menores de doce años podrán utilizar como tal dispositivo el propio cinturón de seguridad para adultos de que estén dotados los asientos delanteros.
Respecto de los asientos traseros del vehículo, el nuevo Reglamento obliga a las personas cuya estatura no alcance los 135 centímetros a utilizar obligatoriamente un dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y a su peso. Asimismo las personas cuya estatura sea igual o superior a 135 centímetros y no supere los 150 centímetros, podrán utilizar indistintamente un dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y a su peso o el cinturón de seguridad para adultos.
Los niños no podrán utilizar un dispositivo de retención orientado hacia atrás instalado en un asiento del pasajero protegido con un airbag frontal, a menos que haya sido desactivado, condición que se cumplirá también en el caso de que dicho airbag se haya desactivado adecuadamente de forma automática. Además, los pasajeros de más de tres años de edad cuya estatura no alcance los 135 centímetros deberán utilizar los cinturones de seguridad u otros sistemas de retención homologados instalados en los vehículos de más de nueve plazas, incluido el conductor, siempre que sean adecuados a su talla y peso.
Antes la normativa sólo se refería a los niños de 3 a 12 años de menos de 150 centímetros de estatura, ahora la norma se amplía a cualquier persona mayor de tres años que no alcance una estatura de 135 centímetros. Los menores de tres años ahora están siempre obligados a utilizar un sistema de sujeción homologado a su peso y talla.
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