Club Opel Zafira
Común Opel Zafira => Seguridad Vial, Tema legales y Seguros => Mensaje iniciado por: ZAFIBLUE en 02 de Junio de 2008, 14:42:22 pm
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Bueno pues cero que con esto queda aclarado el tema O0
d. .1) Trabajadores y pensionistas:
o Nómina del mes de junio de 2008: las retenciones se reducirán en 200 euros, como máximo. Por tanto, un trabajador que fuese a soportar una retención de 750 euros en junio de 2008, realmente solo soportará una retención de 550 (750-200). Si fuese a soportar una retención de 180, realmente no se le retendrá nada.
o Nóminas de los meses de julio a diciembre de 2008: disminución del tipo de retención en la cuantía necesaria para completar la reducción de las retenciones de 2008 hasta los 400 euros. En el primer ejemplo del guión anterior, el trabajador tiene 200 euros pendientes (400-200) mientras que en el segundo caso tiene 220 (400-180).
Los trabajadores y pensionistas que no estuviesen soportando retenciones durante el año 2008 no podrán ver anticipados los efectos económicos de la nueva deducción, sin perjuicio de la aplicación de la misma cuando presenten la declaración del IRPF correspondiente a dicho año, en los términos previstos en la norma.
Para facilitar la aplicación de la medida la Agencia Tributaria va a desarrollar las siguientes actuaciones:
o Puesta a disposición de los obligados a retener de un programa de ayuda para el cálculo de las retenciones que podrá ser utilizado a partir de julio (en junio la reducción de retenciones es lineal: 200 euros o una cantidad inferior si la retención que se fuese a practicar antes de la entrada en vigor de la medida fuera inferior a dicho importe). Este programa estará disponible desde primeros de junio.
o Envío de una carta informativa a los obligados a retener explicándoles la novedad normativa y el procedimiento a seguir para aplicarla.
o Contactos con los profesionales tributarios y organizaciones empresariales para facilitar la celebración de las sesiones informativas que se consideren precisas.
d.2) Empresarios y profesionales:
o Reducción de hasta 200 euros en el pago fraccionado del segundo trimestre de 2008, y de 100 euros en los pagos fraccionados de cada uno de los dos trimestres siguientes.
o La cantidad no reducida en un trimestre por insuficiencia del importe del pago fraccionado, podrá reducirse en los pagos fraccionados de los trimestres siguientes del mismo año.
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[plas] [plas] Gracias por la aclaracion [plas] [plas]
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[plas] [plas] [plas]
Te ha faltado un pequeño detalle, si te retienen menos de 200 (180 en tu ejemplo) y tienes paga extra este mes, te quitan el resto hasta los 200 (20 en tu ejemplo)
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Lo teneis bastante claro, pero discrepo en el segundo caso, si en el mes de junio , contando paga y nómina no se llega a los 200 euros, o sea que faltasen por cobrar 20 euros, esos 20 euros se pondran en la renta del año siguiente, no se prorrateará en los siguientes meses desde julio a diciembre.
un saludo.
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sin perjuicio de la aplicación de la misma cuando presenten la declaración del IRPF correspondiente a dicho año, en los términos previstos en la norma.
Otra duda: ¿eso quiere decir que, los que actualmente no tienen retención (por ejemplo, algún pensionista), en la declaración del año que viene se pueden deducir esos 400 €? es decir, ¿le saldrá la declaración negativa (-400 €)?
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sin perjuicio de la aplicación de la misma cuando presenten la declaración del IRPF correspondiente a dicho año, en los términos previstos en la norma.
Otra duda: ¿eso quiere decir que, los que actualmente no tienen retención (por ejemplo, algún pensionista), en la declaración del año que viene se pueden deducir esos 400 ? es decir, ¿le saldrá la declaración negativa (-400 )?
SI
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Ok, aclarado. O sea, que quien más quien menos, tarde o temprano pillará los 400 € (excepto los que no "quieran" hacer la declaración de renta, por algún motivo...)
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estos datos los e cogido de la pagina de hacienda que son los que pagan osea lo que esta escrito es lo que es O0
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correcti
Ok, aclarado. O sea, que quien más quien menos, tarde o temprano pillará los 400 € (excepto los que no "quieran" hacer la declaración de renta, por algún motivo...)
simo Ok, aclarado. O sea, que quien más quien menos, tarde o temprano pillará los 400 € (excepto los que no "quieran" hacer la declaración de renta, por algún motivo...)
Ok, aclarado. O sea, que quien más quien menos, tarde o temprano pillará los 400 € (excepto los que no "quieran" hacer la declaración de renta, por algún motivo...)
correctisimo [plas] [plas] y es mas hacienda somos todos :DD :DD :DD :DD :DD :DD tener en cuenta que zapatero tambien pillara los 400 € y rajoi y etc,etc,etc................ >:D
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Sí, y también pagan su hipoteca como cualquier hijo de vecino, o al menos eso dicen siempre que les hacen una entrevista... Anda que a estos les vendra de 400 €, sobre todo los 33'33 de julio a diciembre >:(
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A una presidenta de Comunidad le vendrán muy bien, >:D pues una vez comentó que "le costaba llegar a fin de mes" <mazo <mazo <mazo
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Y además, todos los políticos se han sacado su bonobus, o su T-mes, o como se llame en cada comunidad autónoma... vamos, el abono de transporte, y lo enseñan con orgullo... ¡¡¡ pero si siempre van en coche oficial, con chofer, blindado, aparcando donde les da la gana...!!! <mazo <mazo <mazo
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no,. no, si ya sabemos de que pie calzan.
Saludos.
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pero discrepo en el segundo caso, si en el mes de junio , contando paga y nómina no se llega a los 200 euros, o sea que faltasen por cobrar 20 euros, esos 20 euros se pondran en la renta del año siguiente, no se prorrateará en los siguientes meses desde julio a diciembre.
Yo discrepo de tu discrepancia. ;D ;D
Lo que no se pueda retener en junio se retendrá en los meses siguientes de tal forma que a 31/12/2008 se hayan retenido 400 euros de más. Precisamente para eso a partir de julio se trata de una "regularización", y además Hacienda se está molestando en elaborar una aplicación que ayude al cálculo de la regularización. Para retener linealmente 33,33 ni necesitamos aplicación ni se le puede llamar regularización. Pero además esta conclusión se extrae de la simple lectura de la nota informativa de Hacienda:
"Nóminas de los meses de julio a diciembre de 2008: disminución del tipo de retención en la cuantía necesaria para completar la reducción de las retenciones de 2008 hasta los 400 euros. En el primer ejemplo del guión anterior, el trabajador tiene 200 euros pendientes (400-200) mientras que en el segundo caso tiene 220 (400-180)."
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Yo tambien discrepo de tu discrepancia ;D ;D ;D
Tiene razón Fprietov. O0 O0
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asi da gusto todo claro
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no sé, no sé, mucha discrepancia.
:DD :DD :DD :DD :DD :DD
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Aclaración de la aclaración:
hay que tener en cuenta que lo que nos retienen este año es un PAGO A CUENTA de lo que realmente hay que pagar a Hacienda el año que viene.
Es decir:
1.- lo realmente importante es que en la declaración del 2009 exista una deducción de 400 euros.
2.- No me importa que ahora me retengan 400 € o 2000€ menos si en la declaración del año que viene no cambia mi cuota líquida y tengo que pagar lo que no me habían retenido el año anterior.
Ejemplo:
2008: me retienen en nómina anualmente 2.500 €
2009: hago la declaración del IRPF:
cuota 5000-deducciones 2700-retenciones 2500= a devolver 200 € :)
Con los 400 euros de regalo:
2008: me retienen los 2.500-400=2.100 €
2009: hago la declaración del IRPF (si no incluyen ninguna deducción nueva):
cuota 5000-deducciones 2700-retenciones 2100= a pagar 200 >:(
Para que salga igual tiene que existir necesariamente una deducción de 400 € que supongo tendrán prevista.
Si no, haremos muy mal negocio. <cabreado
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creo que nos estamos liando, la retención será la misma, lo que tendreis un abono de retención en la nómina de cada mes. Los 400 euros son a fondo perdido.
O sea, que si te retenian 2.500, seguiran reteniendote 2.500 para que la renta no se vea perjudicada, pero en la nómina tendras un abono en la de junio cobraras 200 euros más, y de julio a diciembre 33'33 euros más cada mes.
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Para que salga igual tiene que existir necesariamente una deducción de 400 que supongo tendrán prevista.
Si no, haremos muy mal negocio. <cabreado
Esa duda también la tengo yo, y para eso habrá que esperar a la próxima ley del IRPF, que de momento deben estar con la pisha echa un lío para ver cómo lo cuadran. Y si no... pan para hoy y hambre para mañana >:(
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Sí, y también pagan su hipoteca como cualquier hijo de vecino, o al menos eso dicen siempre que les hacen una entrevista... Anda que a estos les vendra de 400 , sobre todo los 33'33 de julio a diciembre >:(
¡Cuánta razón tienes Danitus!. No me los imagino yo esperando en candeletas esa calderilla. :P
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creo que nos estamos liando, la retención será la misma, lo que tendreis un abono de retención en la nómina de cada mes. Los 400 euros son a fondo perdido.
O sea, que si te retenian 2.500, seguiran reteniendote 2.500 para que la renta no se vea perjudicada, pero en la nómina tendras un abono en la de junio cobraras 200 euros más, y de julio a diciembre 33'33 euros más cada mes.
Incorrecto, se quiere hacer vía reducción de retenciones, no habrá ningún abono adicional.
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Es una reducción en la retención, pero en la nómina habrá dos partidas , una la retención que el trabajador tenía, o sea, que si antes le hacían por ejemplo un 10 %, continuará teniendo ese 10 % reflejado en nómina, pero en otra casilla pondrá abono por retención y la cantidad que corresponda.
Lo sé seguro, trabajo en una gestoria laboral ( aunque yo estoy en otro departamento ), y ayer nos llegó el programa informático para hacer las nóminas, todabía hay que estudiarlo bien, pero por ahí van los tiros.
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Pues yo me he imprimido el BOE para ver si al final me aclaro, pero son 6 páginas y lo he dejado para cuando tenga un rato libre (en horas de trabajo, por supuesto :)...)
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la verdad, que lo han echo muy complicado, lo podrían haber contenplado igual que los 100 euros de ayuda por maternidad, que los puedes cobrar mes a mes, o 1200 euros en renta.
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Ahondando en la declaración del IRPF, el Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda denuncia que los borradores que emite el Estado para facilitar el proceso de hacer la declaración de la Renta a los ciudadanos omiten gran cantidad de deducciones fiscales aplicables. Leed estos dos artículos para poder actuar en consecuencia: <mazo
http://www.20minutos.es/noticia/385262/0/declaracion/hacienda/omisiones/
http://www.cincodias.com/articulo/economia/error/borrador/renta/puede/costarle/caro/cdscdi/20080529cdscdieco_7/Tes/
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se que hay un programa que esta desde hoy por internet , que metes los datos de tu nomina y te dice cuanto de van a devolver , alguien dispone de ese programa ?
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Pues parece que ya esta en la pagina web de la AEAT:
La Agencia Tributaria cuelga un programa de ayuda para calcular la rebaja fiscal
Madrid, 4 jun (EFE).- La Agencia Tributaria (AEAT) ha colgado desde hoy en su página web un programa de ayuda con el que se podrán calcular en cuánto se quedan las retenciones de 2008 tras la rebaja fiscal de 400 euros.
En junio la reducción de retenciones es lineal, 200 euros o una cantidad inferior si la retención que se fuese a practicar antes de la entrada en vigor de la medida fuera inferior a este importe.
La Agencia Tributaria ha enviado una carta informativa a los obligados a retener explicándoles la novedad normativa y el procedimiento que se debe seguir para aplicarla.
Al establecerse los efectos de esta deducción a partir del 1 de enero de 2008, la deducción de 400 euros no resulta aplicable en la Campaña de Renta 2007 y sólo afecta a los contribuyentes que obtengan rendimientos del trabajo (incluidos pensionistas) y de actividades económicas en los términos previstos en la norma.
Además, se configura como una deducción de la cuota líquida del IRPF, mientras que la anticipación de sus efectos económicos a 2008 se efectúa mediante la reducción de las retenciones del trabajo que soportan los trabajadores y pensionistas y de los pagos fraccionados a ingresar por actividades económicas.
Así, para trabajadores y pensionistas, en la nómina de junio las retenciones se reducirán en 200 euros, como máximo, mientras que en las nóminas de julio a diciembre habrá una disminución del tipo de retención en la cuantía necesaria para completar la reducción de las retenciones de 2008 hasta los 400 euros.
Para empresarios y profesionales, habrá una reducción de hasta 200 euros en el pago fraccionado del segundo trimestre de 2008, y de 100 euros en los pagos fraccionados de cada uno de los dos trimestres siguientes.
La cantidad no reducida en un trimestre por insuficiencia del importe del pago fraccionado, podrá reducirse en los pagos fraccionados de los trimestres siguientes del mismo año.
EFE
Fuente: http://www.diariometro.es/es/article/efe/2008/06/04/564449/index.xml
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Y parece que la pagina de la AEAT donde se descarga el programa es esta:
http://www.aeat.es/wps/portal/ProgramaAyuda?channel=17c0722535e4a110VgnVCM1000004ef01e0a____&ver=L&site=56d8237c0bc1ff00VgnVCM100000d7005a80____&idioma=es_ES&menu=0&img=0
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Estarán contentes los de Hacienda con Zapatero :DD
¡¡¡ Ni ellos tienen claro cómo hacer lo de los 400 leuros !!! :DD
Más vale que nos dieran un cheque a cada uno, o un bono para comprar gasoil ;)
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Y parece que la pagina de la AEAT donde se descarga el programa es esta:
http://www.aeat.es/wps/portal/ProgramaAyuda?channel=17c0722535e4a110VgnVCM1000004ef01e0a____&ver=L&site=56d8237c0bc1ff00VgnVCM100000d7005a80____&idioma=es_ES&menu=0&img=0
Pero ¿qué tipo de programa es éste? Yo uso un pdf del modelo 130, me lo volví a descargar esta tarde de la página de Hacienda y no contenía ningún cambio :8(
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No tengo ni idea porque no me he parado a mirarlo, solo la portada de la página web de la AEAT. Por cierto, el enlace ponía algo así como "calcula cómo quedará tu nómina" :-X
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De verdad que esto es una milonga.